Fuente: El Financiero
27 de Agosto de 2014 — Los clientes de la Comisión Federal de Eelectricidad (CFE) ahora podrán defenderse de decisiones y acciones de la empresa, como cobros y cortes del servicio presuntamente indebidos, gracias a una decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Esta institución definió que esta proveedora de energía sí es autoridad para los efectos del juicio de amparo, cuando lo que se reclama en el mismo es el aviso-recibo que expide la propia CFE por consumo de energía eléctrica, así como el ajuste, cobro o corte del suministro.
Así lo estableció la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia que modificó diversos criterios que tenía sobre el asunto.
Los afectados podrán tramitar juicios contenciosos contra la CFE ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Al realizar el análisis constitucional respectivo, la Segunda Sala consideró que resultaba claro que en la suscripción del contrato de suministro de energía eléctrica, el usuario se somete a las condiciones que dicta la Secretaría de Economía, con visto bueno de la Secretaría de Energía, y que derivan de la ley, sin posibilidad de negociación, aspecto que no es característico de los contratos entre particulares en un plano de igualdad.
La Sala expresó que lo anterior adquiere mayor relevancia si se toma en cuenta que en el país, la Comisión Federal de Electricidad es el único organismo que presta el servicio de energía eléctrica, y por tanto, el usuario debe someterse por completo a las disposiciones que dicten las autoridades en los contratos, pues de lo contrario no podrían obtener el servicio de energía.
Por lo anterior, sostuvo la Corte, los contratos de suministro de energía eléctrica no pueden considerarse como contratos entre particulares, sino como verdaderos contratos administrativos, lo que pone en evidencia que no constituyen un acto de comercio, fundamentalmente porque la CFE no persigue fines de lucro o de especulación comercial con el suministro de energía eléctrica.
A juicio de los ministros, la CFE actúa por mandato y obligación constitucional de generar, distribuir y abastecer de energía eléctrica a todo el territorio nacional, procurando de esa manera el desarrollo económico y social del país.
Por lo anterior, determinó la Segunda Sala, contra los actos que la CFE, procede el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o el juicio de nulidad que prevé la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa; sin perjuicio de la procedencia del juicio de amparo cuando se reclamen normas generales.
LA CFE PREPARÓ EL CAMINO
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) negociaba desde julio con la CFE el establecimiento de una nueva relación que ésta tiene con sus clientes, y en ese proceso trabaja en cuatro vías advirtieron a EL FINANCIERO fuentes cercanas al proceso.
La primera involucra justamente la posibilidad de que técnicos especializados en electricidad, independientes de la CFE y seleccionados por instituciones como el Fideicomiso para el Ahorro de Energía Eléctrica (FIDE), revisen el funcionamiento de aparatos que provoquen controversia.
El proveedor de este servicio para cada caso sería definido por la Profeco, para evitar un conflicto de interés, informaron las fuentes.
Actualmente, el mayor número de denuncias ante la Procuraduría provienen de conflictos entre la compañía de electricidad y sus clientes y la mayor parte de los casos tienen que ver con desacuerdos en los cobros, añadieron.
En estos casos, hasta ahora, la CFE actuó como juez y parte, lo que a vista de la procuradora Lorena Martínez y del director de la CFE, Enrique Ochoa, resultaba incongruente, explicaron los informantes.
Otra vía involucra la revisión de la Ley Federal del Servicio de Energía eléctrica que norma la relación entre el proveedor de electricidad y los consumidores.
Un tercer elemento contempla una ventanilla de conciliación que operaría con “chats” o conversaciones virtuales en las que la Profeco provocaría la convergencia de CFE y su cliente para dirimir conflictos.