Como ustedes saben, consultamos a Cofetel sobre la legalidad del cobro de intentos de llamadas o llamadas no completadas. Primero nos respondió que para quejas a Profeco, lo cual nos indica que ni leyó nuestras preguntas. Ante nuestra firme carta enviada a la autora de tan absurda e irresponsable respuesta, la servidora pública Peniche se puso a trabajar y nos mandó una segunda respuesta, que trasncribimos a continuación para mantenerlos informados. Asi que son buenas noticias, este 10 de mayo, si intentan llamar a su Mami para felicitarla y no les contesta o suena ocupado, no deben cobrarles ese intento de llamada.
Buenos días:
Hago de su conocimiento que de conformidad con el artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, las tarifas de los servicios de telecomunicaciones son fijadas libremente por los concesionarios de telefonía móvil. Ello, sólo aplica para las llamadas que sean completadas y contestadas por un fax, contestadora, buzón de voz o la persona a la que se le dirija la llamada por lo que efectivamente no existe ningún fundamento para cobrar las llamadas perdidas o no completadas.
En cuanto al cuestionamiento que hace en si "¿Cofetel ha registrado alguna tarifa con el cobro de llamadas perdidas?", esta Dirección remitió para su consulta a la Unidad de Prospectiva Regulatoria al Lic. Francisco Valdez Moreno, Director de Regulación de Tarifas quien informó que hasta el momento no existe registro ante esta Comisión por el concepto de cobro de llamadas perdidas.
Esperando que esta información resulte de gran utilidad, quedo a sus órdenes.
A t e n t a m e n t e
Guadalupe Peniche
fromMaría Guadalupe Peniche Pérez <gpeniche@cft.gob.mx>
toali.alconsumidor@gmail.com
ccMaría de Jesús Ramos Gómez <mjramos@cft.gob.mx>,
José Ignacio Medina Carrera <imedina@cft.gob.mx>
dateTue, Apr 29, 2008 at 12:52 PM
subjectRV: Reenvión de consulta
mailed-bycft.gob.mx
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