Fuente: eldiariodechihuahua.mx
19 de octubre de 2013.
Las acciones colectivas, que forman parte de nuestro catálogo de
derechos, permiten que los ciudadanos se asocien para defender sus
derechos ambientales, culturales, educativos, a la salud y como
consumidores frente a los actos de autoridad o los proveedores públicos o
privados que lleguen a violarlos.
Grupos de personas pueden exigir ante tribunales federales la reparación del daño causado por afectaciones al entorno natural o al patrimonio histórico, así como por mercancías defectuosas, servicios fraudulentos o cobros excesivos.
Los ciudadanos puedan asociarse en este tipo de demandas —en vez de tener que enfrentarlas de forma individual— reduce los costos de los procesos jurídicos y generará eficacia en el sistema judicial, porque “permitirá resolver el mayor número de cuestiones procesales dentro de un mismo juicio”.
La medida, la cual el Senado en el 2009, adicionó un quinto párrafo al artículo 17 de la Constitución: “Las leyes regularán aquellas acciones y procedimientos para la protección adecuada de derechos e intereses colectivos, así como medidas que permitan a los individuos su organización para la defensa de los mismos”.
El diseño de esa legislación, de acuerdo con Daniel Gershenson, presidente de la asociación civil Alconsumidor, será “la madre de todas las batallas”, porque en este texto se definirán los detalles del funcionamiento de las acciones colectivas.
Gershenson, uno de los principales impulsores de la medida, dijo que su aprobación “muestra que si hay decisión y hay voluntad, las causas ciudadanas pueden prosperar”.
Recordó que las acciones colectivas, conocidas en inglés como “class action” y ejercidas en países como Estados Unidos, Brasil, Colombia y Chile, llegaron al Congreso en 2008.
En principio según Gershenson, la propuesta no avanzó por la oposición de la cúpula empresarial y de legisladores que temían que esta figura se convirtiera en un mecanismo de chantaje en contra de las empresas.
En cambio, otro documento fue presentado y aprobado en la Cámara de Diputados en abril de 2009, pero éste, a decir de los impulsores de la idea original, significaba un retroceso porque limitaba el ejercicio de las acciones colectivas a tres ámbitos —consumo, ambiente y servicios financieros—, y para ejercerlas obligaba a los ciudadanos a acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) o la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras (Condusef).
En diciembre de 2009 lograron su cometido cuando una iniciativa muy similar a la original fue aprobada en el Senado y pasó a la Cámara de Diputados, donde fue promovida por el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juventino Castro y Castro.
Para Gershenson, la creación de esta figura jurídica ayudará a poner un freno a los funcionarios y las empresas que no son socialmente responsables: “Sin decir que con esto vamos a salvar el mundo, ya vamos a contar con un instrumento jurídico que permita nivelar las relaciones entre gobernantes y gobernados y entre proveedores y consumidores”.

Grupos de personas pueden exigir ante tribunales federales la reparación del daño causado por afectaciones al entorno natural o al patrimonio histórico, así como por mercancías defectuosas, servicios fraudulentos o cobros excesivos.
Los ciudadanos puedan asociarse en este tipo de demandas —en vez de tener que enfrentarlas de forma individual— reduce los costos de los procesos jurídicos y generará eficacia en el sistema judicial, porque “permitirá resolver el mayor número de cuestiones procesales dentro de un mismo juicio”.
La medida, la cual el Senado en el 2009, adicionó un quinto párrafo al artículo 17 de la Constitución: “Las leyes regularán aquellas acciones y procedimientos para la protección adecuada de derechos e intereses colectivos, así como medidas que permitan a los individuos su organización para la defensa de los mismos”.
El diseño de esa legislación, de acuerdo con Daniel Gershenson, presidente de la asociación civil Alconsumidor, será “la madre de todas las batallas”, porque en este texto se definirán los detalles del funcionamiento de las acciones colectivas.
Gershenson, uno de los principales impulsores de la medida, dijo que su aprobación “muestra que si hay decisión y hay voluntad, las causas ciudadanas pueden prosperar”.
Recordó que las acciones colectivas, conocidas en inglés como “class action” y ejercidas en países como Estados Unidos, Brasil, Colombia y Chile, llegaron al Congreso en 2008.
En principio según Gershenson, la propuesta no avanzó por la oposición de la cúpula empresarial y de legisladores que temían que esta figura se convirtiera en un mecanismo de chantaje en contra de las empresas.
En cambio, otro documento fue presentado y aprobado en la Cámara de Diputados en abril de 2009, pero éste, a decir de los impulsores de la idea original, significaba un retroceso porque limitaba el ejercicio de las acciones colectivas a tres ámbitos —consumo, ambiente y servicios financieros—, y para ejercerlas obligaba a los ciudadanos a acudir ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) o la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras (Condusef).
En diciembre de 2009 lograron su cometido cuando una iniciativa muy similar a la original fue aprobada en el Senado y pasó a la Cámara de Diputados, donde fue promovida por el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Juventino Castro y Castro.
Para Gershenson, la creación de esta figura jurídica ayudará a poner un freno a los funcionarios y las empresas que no son socialmente responsables: “Sin decir que con esto vamos a salvar el mundo, ya vamos a contar con un instrumento jurídico que permita nivelar las relaciones entre gobernantes y gobernados y entre proveedores y consumidores”.
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